Promoción de Inversiones I
La actual reglamentación(1) de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones, aumentó las exoneraciones y extendió los beneficios tributarios que existían para las empresas
industriales y agropecuarias, y también a las empresas comerciales y de servicios.
Es considerada como inversión, a tales efectos, la adquisición de bienes destinados a integrar el activo fijo o intangible de las empresas. Incluyendo los bienes muebles (excluidos los vehículos no utilitarios y los destinados a la casa habitación), las mejoras fijas (excluidas las destinadas a la casa habitación) destinados directamente a la actividad de la empresa y bienes incorporales que determine el Poder Ejecutivo.
Los proyectos de inversión a presentar se clasificarán según los montos establecidos en Unidades Indexadas (U.I.) en: Pequeños, Medianos (tramos 1 y 2), Grandes (tramos 1, 2, y 3) y de Gran significación económica. A modo de ejemplos: son considerados proyectos Pequeños, aquellos que impliquen una inversión menor a las 3.500.000 U.I y de Gran significación aquellos cuya inversión
supera las 7.000.000 U.I.
Los objetivos por lo cuales se evalúan los proyectos son los establecidos según la ley de Promoción y Protección de Inversiones. Estos objetivos tienen asociados un indicador para la obtención del puntaje del proyecto. Los pequeños proyectos son evaluados según un objetivo con su indicador y los proyectos medianos, grandes y de gran significación son evaluados según una matriz con un conjunto de objetivos e indicadores.
Los objetivos consideran : generación de empleo, descentralización geográfica, aumento de las exportaciones, incremento del Valor Agregado Nacional, utilización de tecnologías limpias, incremento de Investigación y Desarrollo e innovación, y el impacto del proyecto sobre la economía.
Una vez presentado el proyecto ante la Oficina de Atención al Invensor, la cual actuará como enlace entre los solicitantes y la Comisión de Aplicación, ésta dispondrá de los siguientes plazos para la aprobación de los proyectos: 30 días para los pequeños, 45 para los medianos y 65 para los grandes.
Los plazos podrán ser suspendidos para solicitar ampliación de información, pero a diferencia del régimen anterior, una vez vencidos los plazos sin haberse expedido la Comisión de Aplicación se considera la aprobación ficta. Al no suministrar el solicitante en plazo la ampliación de información, se entenderá por desistida la solicitud.
Los beneficios a otorgar una vez evaluados los proyectos serán la exoneración del Impuesto al Patrimonio sobre los bienes muebles para activo fijo, devolución del Impuesto al Valor Agregado en régimen de exportadores para la adquisición en plaza de materiales y servicios destinados a las Obras Civiles, y por un monto máximo que establezca la aplicación de la matriz de objetivos e indicadores según tipo y tramo de proyecto, los Impuestos a la Rentas de la Industria y Comercio , y a las Rentas de las Actividades Económicas .
También se exonerarán tasas o tributos a la importación de bienes muebles para activo fijo declarados no competitivos de la industria nacional y se computarán los honorarios y salarios en desarrollo tecnológico de áreas prioritarias por una vez y media para la liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (según lo establecido en el decreto 150/007).
(1) Decreto 455/007 y Decreto 443/008.
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TIPOS DE
PROYECTOS
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EXONERACIÓN I.R.A.E.
Monto / Plazo
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RESTANTES
BENEFICIOS
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| Pequeños |
60% del monto invertido / 5 años |
Todos |
| Mediano (tramo 1) |
*70% del monto invertido / ** |
Todos |
| Mediano (tramo 2) |
*80% del monto invertido / ** |
Todos |
| Grandes (tramo 1 y 2) |
*90% del monto invertido / ** |
Todos |
| Grandes (tramo 3) |
*100% del monto invertido / ** |
Todos |
| Gran significación económica |
100% del monto invertido / 25 años |
Todos |
* Los puntos obtenidos en la matriz divididos el máximo puntaje según tipo de proyecto se aplica al porcentaje.
** Según los puntos obtenidos en la matriz puede alcanzar los 25 años.
Publicado en Diario El Pueblo, depto. de Salto el 29/10/08
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